

[24/06/2010 | 06:00 ] - Lo hicieron en una reunión conjunta de las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, presididas por los Senadores Eduardo Melchiori y Aldo Ballestena, respectivamente; Es en el trabajo que se realiza en el Senado sobre todos los proyectos que reglamentan institutos incorporados o reformados en la reforma constitucional de 2008; Estuvieron con los legisladores José Luis Gea Sánchez (Vocal), José Miranda (Vocal), Guillermo Smaldone (Fiscal de Cuentas), Luis María Campos (Asesor Jurídico) y Federico Tomás (Secretario Letrado).
Cabe mencionar que el Tribunal de Cuentas es un órgano de contralor externo con autonomía funcional, propone y ejecuta su propio presupuesto, designa y remueve su personal y tiene a cargo diversas funciones. Recientemente la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que reglamenta el accionar de este instituto de la Constitución.
Los integrantes del Tribunal explicaron cómo se está trabajando en el organismo y relataron que oportunamente acercaron sus puntos de vista sobre el proyecto de ley a la Cámara Baja. El texto, que ya cuenta con media sanción, “incorporó parte de las consideraciones”, explicó Gea Sánchez.
Los legisladores consultaron sobre la participación actual en el control de las cuentas municipales. Se explicó que se audita la documental a partir del año posterior al cierre del ejercicio. Es decir que un mandato de cuatro años, una vez concluido por parte de un jefe comunal, es auditado cuando ya concluyó el mismo.
No obstante ello, para agilizar el trabajo y lograr la aplicación de la normativa vigente, de forma continua se intercambia puntos de vista desde el Tribunal con los municipios.
El senador Ballestena considero que se tienen que encontrar mecanismos ágiles que permitan profundizar los controles y además terminar más rápido, que es modo de responder a la demanda ciudadana. Los responsables del organismo constitucional relataron que en los últimos años tanto los auditores del Tribunal como los contadores municipales se han ido profesionalizando.
Los cambios por venir: la carta orgánica
En el diálogo destacaron que “habrá importantes cambios en los sistema de control y en la intervención del organismo en las comunas, cuando los municipios dicten sus cartas orgánicas, ya que de acuerdo a la letra constitucional deberán tener organismos de control interno, para lo que deberán invertir en infraestructura y en la incorporación de recursos humanos”.
“Son cambios necesarios e ineludibles”, opinó Gea Sánchez.
Indicó que la autonomía significa la generación de libertades, pero para lograr una institucionalización completa, se tendrán que hacer inversiones que permitan el control interno del manejo de los recursos.
En cuanto a la reglamentación, los legisladores sostienen, como lo han hecho en relación a otros proyectos de ley sobre institutos de la constitución, que la misma debe ser coherente, aplicable. “No queremos poner a andar todo esto con el impulso de caprichos, por eso nos parece importante tener el punto de vista de los que llevan adelante institutos que deben salir fortalecidos en este proceso”, afirmó Ballestena.
En tanto el Senador Díaz explicó que “con todo este trabajo queda claramente demostrado lo bueno que es contar con un sistema bicameral”.
Los vocales y funcionarios del organismo añadieron que se observa todo lo relacionado con la reglamentación y con la confección de una orgánica adecuada del Tribunal, que va a contar, una vez sancionada la ley, con representantes de ambas Cámaras.
Expresaron que estos representantes elegidos por los diputados y senadores tendrán una intervención amplia en los temas de competencia e intervendrán en el pleno del Cuerpo.
Comentaron que a impulso del Tribunal se incorporó en el proyecto el contenido del artículo 42, en lo referido al examen y juicio de las cuentas rendidas por las personas físicas o Jurídicas de derecho privado que reciban subsidios o aportes del Estado Provincial o de los referidos Municipios.
En el encuentro, realizado en la sala de reuniones del Senado, en el segundo piso de la Casa de Gobierno, y que se extendió por más de una hora, se realizaron comentarios y consideraciones sobre el artículo 50, el que se refiere a la responsabilidad de los empleados o funcionarios públicos por daños causados al patrimonio del Estado Provincial, Municipal, Entes Descentralizados, Autárquicos o Sociedades con algún grado de participación estatal, por conductas culposas o dolosas, la que será juzgada exclusivamente por el fuero contencioso administrativo.
En este aspecto el Tribunal de Cuentas examinará los supuestos en que tal responsabilidad pudiera tener lugar y remitirá sus conclusiones y antecedentes al Fiscal de Estado para que proceda a promover ante el Tribunal competente la demanda por resarcimiento de los perjuicios irrogados.
[24/06/2010 | 06:00 ] - Lo hicieron en una reunión conjunta de las comisiones de Legislación General y de Asuntos Constitucionales y Acuerdos, presididas por los Senadores Eduardo Melchiori y Aldo Ballestena, respectivamente; Es en el trabajo que se realiza en el Senado sobre todos los proyectos que reglamentan institutos incorporados o reformados en la reforma constitucional de 2008; Estuvieron con los legisladores José Luis Gea Sánchez (Vocal), José Miranda (Vocal), Guillermo Smaldone (Fiscal de Cuentas), Luis María Campos (Asesor Jurídico) y Federico Tomás (Secretario Letrado).
Cabe mencionar que el Tribunal de Cuentas es un órgano de contralor externo con autonomía funcional, propone y ejecuta su propio presupuesto, designa y remueve su personal y tiene a cargo diversas funciones. Recientemente la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que reglamenta el accionar de este instituto de la Constitución.
Los integrantes del Tribunal explicaron cómo se está trabajando en el organismo y relataron que oportunamente acercaron sus puntos de vista sobre el proyecto de ley a la Cámara Baja. El texto, que ya cuenta con media sanción, “incorporó parte de las consideraciones”, explicó Gea Sánchez.
Los legisladores consultaron sobre la participación actual en el control de las cuentas municipales. Se explicó que se audita la documental a partir del año posterior al cierre del ejercicio. Es decir que un mandato de cuatro años, una vez concluido por parte de un jefe comunal, es auditado cuando ya concluyó el mismo.
No obstante ello, para agilizar el trabajo y lograr la aplicación de la normativa vigente, de forma continua se intercambia puntos de vista desde el Tribunal con los municipios.
El senador Ballestena considero que se tienen que encontrar mecanismos ágiles que permitan profundizar los controles y además terminar más rápido, que es modo de responder a la demanda ciudadana. Los responsables del organismo constitucional relataron que en los últimos años tanto los auditores del Tribunal como los contadores municipales se han ido profesionalizando.
Los cambios por venir: la carta orgánica
En el diálogo destacaron que “habrá importantes cambios en los sistema de control y en la intervención del organismo en las comunas, cuando los municipios dicten sus cartas orgánicas, ya que de acuerdo a la letra constitucional deberán tener organismos de control interno, para lo que deberán invertir en infraestructura y en la incorporación de recursos humanos”.
“Son cambios necesarios e ineludibles”, opinó Gea Sánchez.
Indicó que la autonomía significa la generación de libertades, pero para lograr una institucionalización completa, se tendrán que hacer inversiones que permitan el control interno del manejo de los recursos.
En cuanto a la reglamentación, los legisladores sostienen, como lo han hecho en relación a otros proyectos de ley sobre institutos de la constitución, que la misma debe ser coherente, aplicable. “No queremos poner a andar todo esto con el impulso de caprichos, por eso nos parece importante tener el punto de vista de los que llevan adelante institutos que deben salir fortalecidos en este proceso”, afirmó Ballestena.
En tanto el Senador Díaz explicó que “con todo este trabajo queda claramente demostrado lo bueno que es contar con un sistema bicameral”.
Los vocales y funcionarios del organismo añadieron que se observa todo lo relacionado con la reglamentación y con la confección de una orgánica adecuada del Tribunal, que va a contar, una vez sancionada la ley, con representantes de ambas Cámaras.
Expresaron que estos representantes elegidos por los diputados y senadores tendrán una intervención amplia en los temas de competencia e intervendrán en el pleno del Cuerpo.
Comentaron que a impulso del Tribunal se incorporó en el proyecto el contenido del artículo 42, en lo referido al examen y juicio de las cuentas rendidas por las personas físicas o Jurídicas de derecho privado que reciban subsidios o aportes del Estado Provincial o de los referidos Municipios.
En el encuentro, realizado en la sala de reuniones del Senado, en el segundo piso de la Casa de Gobierno, y que se extendió por más de una hora, se realizaron comentarios y consideraciones sobre el artículo 50, el que se refiere a la responsabilidad de los empleados o funcionarios públicos por daños causados al patrimonio del Estado Provincial, Municipal, Entes Descentralizados, Autárquicos o Sociedades con algún grado de participación estatal, por conductas culposas o dolosas, la que será juzgada exclusivamente por el fuero contencioso administrativo.
En este aspecto el Tribunal de Cuentas examinará los supuestos en que tal responsabilidad pudiera tener lugar y remitirá sus conclusiones y antecedentes al Fiscal de Estado para que proceda a promover ante el Tribunal competente la demanda por resarcimiento de los perjuicios irrogados.
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